SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

I.2.1.

El accionante, a través de su abogado, se ratificó in extenso en la acción tutelar presentada y ampliándola manifestó que: La autoridad ahora demanda pese a que conocía que tenía competencia sólo hasta horas 24:00 del 24 de diciembre de 2011, señaló audiencia de medidas cautelares para el 25 de diciembre, razón por la cual no se llevó adelante la referida audiencia, remitiéndose el cuaderno de control jurisdiccional al Juzgado Segundo cautelar, que fue recepcionado recién el 27 de diciembre de ese año. En ese sentido, existiendo mandamiento de aprehensión por la Fiscalía, la audiencia de medidas cautelares debió haberse llevado, como máximo en cuarenta y ocho horas, lo cual no habría sucedido ya que pasaron más de diez días, desde que el accionante se encuentra indebidamente detenido.