SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

concedió

El Juez Primero de Partido Mixto, Niño, Niña y Adolescente de Guayaramerín del Distrito Judicial -ahora departamento- de Beni, constituido en Juez de garantías, por Resolución 04/11 de 24 de diciembre de 2011, cursante de fs. 47 a 49 vta., concedió la tutela solicitada, disponiéndose que en el día remita antecedentes ante el Juzgado de Turno, para que ante esta autoridad el accionante pueda solicitar la modificación de la fecha señalada por el demandado; en base a los siguientes fundamentos: 1) Que, evidentemente el derecho a la libertad del accionante fue flagrantemente vulnerado, aspecto que se demostró con el hecho de que la solicitud de cesación fue presentada el 15 de diciembre de 2011, la cual no se supo con precisión si pasó o no a despacho el 21 o 22 de ese mismo mes y año, ya que el cargo que figura en el memorial señaló una fecha distinta a la del libro diario, lo que implicó displicencia tanto de la funcionaria encargada de su manejo, como del Juez demandado que controla la actuación de su funcionaria y finalmente en franca violación de la línea jurisprudencial establecida por el Tribunal Constitucional que prevé un plazo razonable, máximo de entre tres y cinco días, para fijar una audiencia de esa naturaleza, entendimiento referido en la SC 1142/2011-R de 19 de agosto; y, 2) Toda vez que los actos violatorios del debido proceso de la autoridad demandada, se encuentran de manera directa vinculados con actuaciones u omisiones ilegales o indebidas que afectan las garantías jurisdiccionales, por lo que corresponde “otorgar” la tutela consagrada en el art. 125 de la CPE.