SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 1 de octubre de 2010, fue contratada por la mencionada Cooperativa de manera verbal para trabajar como secretaria; después de un mes de trabajo continuo “le hicieron” firmar un contrato ilegal de trabajo con vigencia del 1 de noviembre del citado año al 1 de mayo de 2011, para desempeñar distintas funciones.

Asimismo, denunció que no le cancelaron su sueldo del mes de mayo y ni cumplieron con el incremento salarial ordenado por el Presidente de la República del Estado Plurinacional de Bolivia; también señaló que le cancelaban su sueldo de forma maliciosa, haciéndole firmar un recibo cuya copia nunca le fue entregada porque no pagaban los aportes de ley.

Ante la vulneración de sus derechos, recurrió ante la Jefatura Departamental del Trabajo y ésta dispuso en aplicación de los arts. 46, 48, 49, 50 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), con relación al Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006 y el DS 0495 de 1 de mayo de 2010, emitir la Conminatoria JDTSC/CONM/RL 036/2011 de 20 de junio, mediante la cual conminó su reincorporación a su fuente laboral, la restitución de sus derechos laborales y el pago de sueldos devengados pero lamentablemente, el demandado no dio cumplimiento a dicha conminatoria.