SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

denegó

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, mediante Resolución 026/2012 de 7 de marzo, cursante de fs. 214 a 215, denegó la acción de amparo constitucional, en base a los siguientes fundamentos: i) Dicha acción tutelar tiene exigencias en cuanto a los requisitos tanto de forma como de fondo que deben cumplirse; y, ii) Existen también ciertos derechos como el de la defensa que no puede ser vulnerado, el mismo que tiene relación directa con el debido proceso, situación que hace que la acción tutelar precitada tiene que ir dirigida contra la persona que causó la lesión, la SC 0112/2010-R de 10 de mayo, da un línea jurisprudencial en cuanto al entendimiento de la legitimación pasiva que obliga a que el accionante debe dirigir la acción contra la persona que causó la lesión y todos los sujetos procesales que tienen relación directa.