SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1197/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1197/2013

Fecha: 01-Ago-2013

denegó

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 41 de 7 de marzo de 2013, cursante de fs. 167 a 168 vta., denegó la acción planteada; en base a los siguientes fundamentos: 1) Según la “SC 0597/2011-R”, que establece la aplicación de subreglas relacionadas a los contratos a plazo fijo de mujeres trabajadoras embarazadas, la primera, indicó que si el contrato a plazo fijo se renovó una sola vez; es decir, que existieran dos contrataciones a plazo fijo sucesivas, no corresponde la aplicación de la Ley “975”, por no operar la conversión en plazo indefinido. De acuerdo a la segunda, si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, se produce la conversión del contrato por tiempo indeterminado, siendo ineludible la aplicación de la Ley “975”, respetándose la inamovilidad laboral, hasta que su hija o hijo cumpla un año de edad; y, 2) En el caso concreto, no existe ningún despido por parte de la entidad demandada, más al contrario lo que acontece es una conclusión del contrato de trabajo y en consecuencia el recojo de sus beneficios sociales por parte de dos de las accionantes.