Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1233/2013
Fecha: 01-Ago-2013
II.2.
II.2. Mediante escrito de 21 de diciembre de 2012, dirigido al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, el accionante pidió la conminatoria a la Fiscalía Departamental a efectos de que al quinto día de su notificación emita acto conclusivo, al no haberse demostrado la existencia de pruebas o indicios en su contra (fs. 122).
- sin que hasta la fecha de interposición de esta acción extraordinaria, se haya pronunciado acto conclusivo
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- a la fecha, el Ministerio Público no ha presentado requerimiento conclusivo
- REVOCAR