SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2013

Fecha: 14-Ago-2013

1)

En audiencia, Ximena Narváez Rivero, Fiscal de Materia, señaló que: 1) El delito en flagrancia fue por explotación laboral, siendo el mismo considerado de lesa humanidad, en consecuencia, cuando se aprehendió al accionante, éste fue trasladado en calidad de aprehendido en dependencias de la FELCC, la menor NN, pidió que no se le hiciera nada, toda vez que éste era su enamorado, aspecto que llamó la atención, razón por la cual, la menor fue atendida por personal especializado que manifestó que mantenía relaciones sexuales con el detenido, razón por la que éste y la menor fueron remitidos al Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF); 2) Se evidencia que ninguna de las actuaciones se encontraban fuera de la ley, en especial del art. 17 del CPP, señalándose que de los informes médicos y laboratorio, se evidencia la existencia de desgarro de data antigua en la menor; y, 3) El accionante fue remitido oportunamente ante Juez cautelar, debiendo en su caso el mismo, realizar los reclamos ante dicha autoridad y no así en sede constitucional; además de ello, debió haber apelado en su caso la Resolución que dispuso su detención preventiva.