SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2013

Fecha: 15-Ago-2013

hábeas corpus restringido

En ese entendido, el Tribunal Constitucional siguiendo el entendimiento acogido por la SC 0044/2010-R de 20 de abril, consideró tres tipos de hábeas corpus -ahora acción de libertad- agregando otros, reconocidos por la doctrina y el derecho comparado tales como el “…hábeas corpus restringido, que procede cuando el derecho a la libertad física es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones que sin ningún fundamento legal, configuran una restricción para su cabal ejercicio…”; “…el traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad”, y el hábeas corpus instructivo que “…hace referencia a supuestos, en que el derecho a la libertad se encuentra vinculado al derecho a la vida, fundamentalmente en los casos de desaparición forzada de personas, y tiene como objeto identificar el paradero de la víctima, disponer su libertad e individualizar a los autores del hecho, garantizándose el derecho a la vida y también el derecho a la integridad física” (las negrillas y el subrayado son nuestros); asimismo, la SC 0465/2010-R de 5 de julio, en su Fundamento Jurídico III.3, estableció que: “…los tipos de hábeas corpus precedentemente aludidos, también pueden ser identificados en la nueva Ley Fundamental, e inclusive ampliados. Así dentro de la tipología desarrollada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional citada líneas precedentes, se agregó el hábeas corpus restringido, el hábeas corpus instructivo y al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho (…).