Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1338/2013
Fecha: 15-Ago-2013
II.4.
II.4. En el memorial presentado el 6 de marzo de 2013, el ahora accionante por medio de su abogado -defensor público-, solicitó la expedición de mandamiento de libertad, en virtud de haberse dictado en su favor requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 11 de mayo de 2012 y remitido a la Fiscalía de Distrito el 3 de noviembre de igual año (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. El sobreseimiento y su configuración procesal
- III.3. Sobre la facultad del juez cautelar de librar mandamiento de libertad en caso de sobreseimiento
- el juez a cargo del proceso, dispondrá de oficio o a petición de parte la libertad inmediata del imputado sobreseído
- en los casos en que la resolución de sobreseimiento sea elevada ante el Fiscal Departamental, ya sea por haber sido impugnada o de oficio y no exista pronunciamiento de dicha autoridad superior fiscal dentro de los cincos días previstos por ley, la autoridad jurisdiccional debe disponer la libertad inmediata del imputado sobreseído
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR