Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 1365/2013 de 16 de agosto
Fecha: 16-Ago-2013
II.3.1. Del
La declaratoria de improcedencia respecto al art. 28.I.2 de la Ley de Juegos de Lotería y de azar en la SCP 1365/2013, de la cual surge esta disidencia, refiere que existe cosa juzgada constitucional, señalando que la SCP 0003/2013, analizó anteriormente la misma norma impugnada y declaró su constitucionalidad. Refiriendo además, que no existe vulneración al principio del non bis in ídem cuando se efectúa por una parte el comiso de máquinas de juego y por otra la aplicación de una sanción administrativa, indicando:
- A instancia de:
- II.1. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3.1. Del
- al estar los juegos de lotería y de azar directamente vinculados con aspectos de salud pública y seguridad ciudadana, debido en particular a las ludopatías que pueden generase en la sociedad y al ser un fin esencial del Estado Plurinacional de Bolivia garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, tal cual reza el art. 9.2 de la CPE, a través del ejercicio de la función legislativa, la Asamblea Legislativa Plurinacional, se encuentra plenamente facultada para el establecimiento de medidas de policía, constituyendo en la especie, el comiso definitivo de máquinas y/o medios de juego disciplinadas en el art. 28.I.2 de la Ley 060, una típica medida de policía, que tiene la finalidad de resguardar y asegurar bienes jurídicos supremos y de interés general como la salud pública y la seguridad ciudadana, fines esenciales del Estado Plurinacional de Bolivia
- razón por la cual, no puede equipararse a una sanción administrativa.
- plasma una verdadera sanción administrativa con génesis directa en la potestad administrativa sancionatoria, encomendando su materialización a la AJ
- “no puede equipararse a una sanción administrativa”
- “infracción administrativa”
- “control de legalidad”
- Entonces de lo mencionado y considerando la naturaleza de la acción de inconstitucionalidad concreta por la cual se impugna una norma aplicable a un caso concreto que pueda afectar a la parte accionante, corresponde que la dilucidación de la norma aplicable se impugne y se efectúe mediante el control de legalidad y no por el control de constitucionalidad
- Es decir, se solicita al Tribunal Constitucional Plurinacional, la inconstitucionalidad de normas reglamentarias emitidas por la propia AJ, en miras a disciplinar sus procedimientos. De su lectura y de los cargos de inconstitucionalidad en todas y cada una de las acciones planteadas se tiene una duda razonable sobre el régimen jurídico aplicable a las actividades administrativo sancionadoras, las Resoluciones Regulatorias también norman aquello que ha sido normado por Ley
- como una medida de policía