Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1448/2013
Fecha: 19-Ago-2013
Fragmento 13
Finalmente, el tercer presupuesto relacionado a laflexibilización de las reglas de la legitimación pasiva y la flexibilización de la actividad probatoria de las personas no expresamente demandadas en peticiones de tutela referente a vías de hecho, en la citada Resolución, se señaló lo siguiente:“En coherencia con lo señalado, se tiene que la legitimación pasiva, ha sido definida por el órgano contralor de constitucionalidad como la directa relación de causalidad entre las personas o autoridades demandadas y los actos u omisiones denunciadas como lesivas a derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.5.
- el objeto
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional y su protección ante medidas de hecho
- Fragmento 13
- III.2. En cuanto al derecho de propiedad y su protección directa e inmediata
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR