Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0199/2013-RCA
Fecha: 03-Sep-2013
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima lesionados sus derechos a la legítima defensa, al debido proceso en su vertiente fundamentación, al juez natural imparcial, establecidos en los arts. 24, 115.II, 119.II, 120.I, 180.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8.2 inc. d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- 1. “Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”