Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0398/2013-CA
Fecha: 30-Sep-2013
Fragmento 6
Se demanda la inconstitucionalidad de la última parte del art. 1 en especial de la frase: "Y OTRAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS" (sic) y las Disposiciones Adicionales Décima Octava, Décima Novena y Vigésima; Transitorias y Finales de la LPGE - Gestión 2013, por ser presuntamente contradictorios a los arts. 56, 57, 115, 117, 119, 120, 158.11, 159.6 y 8, 178, 321.11 y III y 410.11 de la CPE; 11, 17.1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.2, 21.1 y 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y, 14,11 del PIDCP.