SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1539/2013
Fecha: 10-Sep-2013
concedió
La Jueza Primera de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 23 de enero de 2013, cursante de fs. 23 a 25, concedió la tutela solicitada, disponiendo su reincorporación inmediata a su fuente laboral y se condenó en el pago de costas, daños y perjuicios a los demandados, conforme a los siguientes fundamentos: 1) El debido proceso legal abarca las condiciones que deben cumplirse, ello con el fin de asegurar la adecuada defensa de aquellos cuyos derechos y obligaciones están bajo consideración de una instancia competente de decisión; 2) El accionante que fue expulsado del citado Sindicato, sin que haya mediado un proceso justo y con las debidas garantías en base a una norma que establezca la adecuación del hecho al derecho; 3) No es fundamento suficiente indicar que el accionante, fue expulsado por la Asamblea General de Socios, como máxima autoridad de dicho Sindicato, puesto que también se tiene que adecuar al marco normativo y se respeten derechos fundamentales y garantías de las personas; y, 4) El art. 117.I de la CPE, prohíbe la imposición de toda sanción sin una defensa previa, en el caso que se analiza, la Asamblea General de Socios del Sindicato de Transporte “Rafael Mendoza”, procedió a expulsar al ahora accionante, sin juicio previo, cuando el orden constitucional exige que primero se procese y luego si corresponde se sancione.