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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1583/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1583/2013

    Fecha: 18-Sep-2013

    2°

    2° Exhortar a la autoridad judicial competente para que considere el tiempo transcurrido y diligencie con celeridad la respectiva audiencia de medidas cautelares de forma que las excusas y recusaciones en los hechos no se tergiversen en su finalidad y dejen sin efecto el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

    • acción de libertad
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excusas y recusaciones dentro el procedimiento del art. 226 del CPP
    • 1)
    • 2°

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