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    AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2014-RCA

    Fecha: 28-Ene-2014

    plazo máximo de seis meses

    Por su parte el art. 51 del CPCo, instituyó que ésta acción tutelar tiene el: “…objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia “in limine”
    • Fragmento 6
    • siempre que no          exista otro medio o recurso legal para la protección          inmediata de los derechos y garantías restringidos,           suprimidos o amenazados
    • plazo máximo de seis meses
    • procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos
    • características, rasgos identificadores y consustanciales de un determinado modo de ser, inherente al ámbito jurídico, sin los cuales resultaría arduo asimilar elementos básicos de concurrencia de cualesquier instituto jurídico
    • se reviste por los principios de subsidiariedad e inmediatez, como características o rasgos identificadores de esta acción
    • II.3.
    • CONFIRMAR

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