Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2014-RCA
Fecha: 31-Ene-2014
II.2.
En el caso de autos, el accionante considera que dentro del proceso administrativo de ejecución tributaria instaurado en su contra, las autoridades demandas vulneraron sus derechos y garantías a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a la defensa, a la igualdad de partes, al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, contenidos en los arts. 24, 113.I y II, 108. I y II, 115.I y II, 116.I y 180 de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 6
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- II.2.
- CONFIRMAR