Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2014-CA
Fecha: 28-Ene-2014
rechazó
Por Resolución AN-GRLPZ-LAPLI 296/2013 de 23 de diciembre, cursante de fs. 40 a 42, el Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que la disposiciones impugnadas solamente modifican algunos preceptos contenidos en el Código Tributario Boliviano y la Ley General de Aduana; el DS 1487 tiene por objeto introducir modificaciones e incorporaciones al Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado por DS 25870 de 11 de agosto de 2000, además que la resolución administrativa no depende de la constitucionalidad de las normas observadas.
- Administrador de Aduana a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR