Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0360/2014-CA
Fecha: 15-Oct-2014
II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
Al respecto sobre el debido proceso en su vertiente el Juez natural, el AC 0240/2014-CA de 21 de julio citando a la SSP 0693/2012 de 2 de agosto, determinó que: `“…en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad, lo contrario afectaría las competencias naturales de los jueces y autoridades naturales competentes”´.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA