AUTO CONSTITUCIONAL 0361/2014-CA
Fecha: 15-Oct-2014
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2014, cursante de fs. 56 a 58 vta., el accionante expresa que, la COSSMIL, por intermedio de los hoy demandados le notificaron con el Auto inicial de proceso administrativo 01/13, en su contra, el mismo que fue tramitado y concluido mediante “Auto de Ejecutoria” de 6 de febrero de 2014, por el cual, se le hace responsable de recibir doble aguinaldo y haberes mensuales de dos entidades públicas; indica que, dichas Resoluciones fueron emitidas vulnerando el debido proceso; y, usurpando funciones que no les competen, puesto que dichas autoridades no fueron designadas a principio de gestión como prevé el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública -Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992−, en su art. 12.I inc. a), concordante con el art. 15 del Reglamento Específico de la Responsabilidad Administrativa de “COSSMIL”; y que fue destituido en mérito a la referida Resolución ejecutorial, entregándole memorando 241/2014 de 12 de marzo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- se DESIGNARA LA AUTORIDAD COMPETENTE EN LA PRIMERA SEMANA HÁBIL DEL AÑO
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA