AUTO CONSTITUCIONAL 0361/2014-CA
Fecha: 15-Oct-2014
II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
Al respecto sobre el debido proceso en su vertiente al juez natural, se estableció a través del AC 0240/2014-CA de 21 de julio, que cita a la SCP 0693/2012 de 2 de agosto, que: ´”…en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad, lo contrario afectaría las competencias naturales de los jueces y autoridades naturales competentes´”. (SC 2033/2013 de 13 de noviembre; 0286/2013-CA de 10 julio, 0247/2013-CA, entre otras).
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- se DESIGNARA LA AUTORIDAD COMPETENTE EN LA PRIMERA SEMANA HÁBIL DEL AÑO
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA