AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2014-CA

Fecha: 29-Oct-2014

“algún acto”

Alega que, el artículo impugnado es inconstitucional porque no establece cuáles son las acciones humanas u omisiones que debe evitar y no realizar un ciudadano, por lo que queda sujeto a una arbitrariedad al no requerir que exista un resultado, violando el bloque de constitucionalidad que prohíbe expresamente esta forma de legislar, y se pueda tipificar como delito de incumplimiento de deberes la acción u “omisión” propia de sus funciones, sin determinar el alcance de la frase “algún acto”, y al establecerla como parte del tipo objetivo para la comisión de omisión de un delito, vulnera los principios de legalidad, certeza y taxatividad; es decir, infringe dichos principios.