AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014-O

Fecha: 21-Oct-2014

I.1. Contenido de la denuncia

Por memorial presentado el 21 de febrero de 2014, cursante de fs. 425 a 426 vta., los denunciantes, hacen conocer que Enrique Morales Díaz, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, incumplió la DCP 0006/2013, porque dentro del proceso penal iniciado a querella de José Oscar Bellota Cornejo, esta autoridad habría dispuesto la detención preventiva de las autoridades IOC, desde el 8 de octubre de 2012, encontrándose entre estos, Sinforiano Apaza Aranda (Secretario de Relaciones), Gerardo Poma Canqui (Secretario de Justicia), Esteban Ticona Quispe (Secretario de Justicia Cahua Chico) y Pablo Choquehuanca Chipana (comunario); como efecto de las resoluciones emitidas en el marco de su jurisdicción, misma que conforme la referida Declaración Constitucional Plurinacional, habría sido declarada como “APLICABLE” la decisión tomada de expulsión y desalojo del querellante, mediante Resoluciones asumidas en ampliados y que son respaldadas por todas las comunidades de Zongo.