SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0022/2014-S2
Fecha: 10-Oct-2014
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución de 25 de febrero de 2014, cursante de fs. 8 vta., a 10 vta., dictada por Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que la Responsable Distrital de Migración de Santa Cruz, emita el certificado de arraigo solicitado por el accionante en el plazo de veinticuatro horas, a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegando
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 5
- La acción de libertad conocida en el derecho comparado y en nuestra legislación abrogada como 'recurso de habeas corpus', encuentra fundamento en innumerables instrumentos normativos de orden internacional como en la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, disposiciones normativas que forman parte del bloque de constitucionalidad, de conformidad a lo dispuesto por el art. 410 de la CPE. Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro'
- “…se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad”
- acción de libertad traslativa o de pronto
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo