SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2014-S2

Fecha: 27-Oct-2014

a)

El abogado de las autoridades demandadas, presentó informe oral en audiencia, manifestando que: a) Si bien las accionantes alegan que fueron despedidas de su fuente laboral, vulnerando su derecho al trabajo y a la igualdad de las partes, señala que ellas no tienen la calidad de trabajadoras sino de consultoras; b) La Cláusula Décima Sexta num. 3, no establece motivos para rescindir, sino establece la rescisión por voluntad propia; c) Las accionantes equivocan la vía al interponer recurso de revocatoria y jerárquico, puesto que la nota que se les emitió, no era una Resolución Administrativa, sino, una simple nota que obedece al mandato establecido en la cláusula señalada,  por lo que, debieron acudir a la vía coactiva fiscal, como lo establece el mismo contrato o caso contrario a la civil, al ser un contrato de servicios; y d) Al firmar el contrato, consintieron libremente el acto, es decir a la posibilidad de rescisión del contrato de una de las partes sin fundamento.