SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

1)

La accionante, a través de su abogado denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad y a ser oída por una autoridad judicial imparcial, así como los principios de seguridad jurídica y legalidad, por cuanto: 1) Los Vocales demandados mediante Auto 212/2013 de 16 de diciembre, rechazaron el incidente de nulidad de notificación que presentó, sin tomar en cuenta que el art. 21 de la LAPCAF prevé que las diligencias en segunda instancia deben ser ejecutadas en el domicilio procesal no así en el tablero judicial, habiéndosele privado de su eventual derecho de recusar; y, 2) Se dictó una sentencia incongruente e ilegal que declaró improbada la excepción de falta de fuerza ejecutiva que interpuso el 26 de julio de 2012, contraviniendo los arts. 340, 491 y 507 inc. 3) del CPC. Precisado el problema jurídico planteado, corresponde verificar y en su caso determinar si existió vulneración de los derechos fundamentales invocados, a fin de conceder o denegar la protección exigida.