Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1955/2014
Fecha: 08-Oct-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
“BOLIBRAS” S.A., sociedad integrada por empresarios bolivianos y brasileros, entre ellos, el entonces Diputado nacional Hedim David Céspedes Cossio, el 8 y 12 de agosto de 1991, fue favorecida irregularmente de la dotación de tierras en las superficies de 46.778, 4000 ha, al predio denominado “BOLIBRAS I” ubicado en el cantón “El Cerro de Concepción”, provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz (expediente agrario 57125), y posteriormente de 48.764, 2500 ha, al predio “BOLIBRAS II”, ubicado en el cantón Izozog de la provincia Cordillera del mismo departamento (expediente agrario 57127).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Administrativo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- “DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-
- II.2.6.
- II.2.7.
- II.2.8.
- II.3.1.
- (POSESIONES LEGALES).
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- la labor del Tribunal sólo se circunscribe al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad, y de ninguna manera realizar análisis alguno respecto al caso en concreto
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE