Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1962/2014
Fecha: 21-Oct-2014
I.1.2. Admisión y citación
Por Auto Constitucional 0018/2013-CA de 4 de febrero, cursante de fs. 74 a 78, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la Resolución Administrativa (RA) 29-00016-13 de 7 de enero de 2013, pronunciada por Veimar Mario Cazón Morales, Director Ejecutivo de la AJ y admitió la presente acción, disponiendo se ponga en conocimiento del Director Ejecutivo antes mencionado, en su condición de personero de la institución que generó las normas impugnadas, a objeto de que pueda formular los alegatos que considere necesarios.
- acción de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Admisión y citación
- I.1.3. Alegaciones del personero de la institución que generó la norma impugnada
- II.2.
- II.3.
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La cosa juzgada constitucional
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE