Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0297/2014-RCA
Fecha: 18-Nov-2014
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido en el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 060/2014 de 27 de octubre, cursante de fs. 33 a 34 vta, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Respecto al principio de inmediatez en las acciones tutelares
- negativo está referido a que el titular del derecho fundamental vulnerado deberá presentar el recurso de manera inmediata, máximo dentro de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR