AUTO CONSTITUCIONAL 0297/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0297/2014-RCA

Fecha: 18-Nov-2014

improcedencia

La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 060/2014 de 27 de octubre, cursante de fs. 33 a 34, declaró la improcedencia de la acción tutelar, bajo los siguientes fundamentos: 1) En cumplimiento de la Resolución 691/2013 de 13 de diciembre, emitida por el Consejo Universitario de la UMSA, se giró el memorándum 73/2014; por el cual, se exoneró al ahora accionante de su cargo como docente; memorándum que le fue notificado el 23 de abril de 2014; 2) La Resolución 691/2013, que ordenó la exoneración del accionante de su cargo como docente titular de la asignatura “AER 372” Estadística de la Carrera de Aeronáutica de la Facultad de Tecnología, fue notificada al actor al poco tiempo; sin embargo, pese a que no se adjuntó la misma, ni su respectiva notificación al accionante, a efectos del cómputo de plazos previsto en el art. 129.II de la CPE, se computó desde el 13 de diciembre de 2013, hasta el 23 de octubre de 2014, transcurriendo más de diez meses; y, 3) Del escrito de la acción de amparo constitucional y pruebas que se acompaña, se llegó a la conclusión de improcedencia prevista en el art. 53.2 del CPCo; puesto que, el accionante no acudió a la vía constitucional en forma oportuna, aceptando supuestos actos vulneratorios en razón a la inobservancia a principios informadores de esta acción.