AUTO CONSTITUCIONAL 0383/2014-CA
Fecha: 05-Nov-2014
a)
Corrida en traslado la presente acción cursante a fs. 15 vta.; por memorial presentado el 8 de octubre de 2014 (fs. 17 y vta.) Carlota Emma Fernández Pardo Vda. de Iturricha, dentro del proceso ejecutivo seguido contra Elizabeth Garrett Vda. de López, en respuesta a la acción de inconstitucionalidad concreta manifestó que: a) La ahora accionante, a sabiendas de la prórroga en la vigencia del Código Procesal Civil −Ley 439−, conforme lo describe la Disposición Transitoria Segunda de dicho cuerpo legal, lo que establece los artículos que se encuentran en vigencia anticipada, entre los que no se encuentra el art. 55, por lo que carece de argumento para promover la presente acción; y, b) Concluye que el art. 55 del CPC abrogado fue aplicado con absoluta legalidad, no siendo posible cuestionarla por no existir una verdadera fundamentación para la presentación de la acción de inconstitucionalidad concreta, ni se precisó las relevancia que tendría el declarar la inconstitucional una resolución judicial.