AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2014-CA

Fecha: 12-Nov-2014

Fragmento 5

           En virtud a las preceptos legales glosados anteriormente y partiendo de la premisa que el control normativo de constitucionalidad tiene una naturaleza procesal de puro derecho, no cabe duda que en su trámite se prescinda de una relación probatoria; por consiguiente, a los fines de que este Tribunal Constitucional Plurinacional efectúe el control de constitucionalidad de las normas de carácter infra-constitucional, es imprescindible la observancia de la norma contenida en el art. 24 del CPCo.