Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014-RQ
Fecha: 12-Nov-2014
revisión de un Auto Constitucional emitido por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
El AC 0007/2014-RQ de 8 de agosto, al respecto manifestó lo siguiente: “Las normas del art. 27.III del CPCo instituyen el recurso de queja, como un mecanismo de impugnación que posibilita la revisión de un Auto Constitucional emitido por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional a través del cual se hubiese rechazado una acción, demanda, consulta o recurso, por encontrarse dentro de las causales de rechazo establecidas en el propio Código; así, establece que para conocer los recursos de queja el órgano competente es el Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo de cinco días:
- recurso de queja
- I.1. Rechazo del recurso directo de nulidad
- a)
- revisión de un Auto Constitucional emitido por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- El auto constitucional de rechazo será impugnable mediante recurso de queja
- no siendo suficiente la reiteración de los fundamentos de la demanda rechazada, puesto que lo que se revisa es el citado auto de rechazo que es la resolución impugnada”
- II.2. Análisis del recurso de queja presentado