SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

a)

José Romay Pulido en audiencia señaló lo siguiente: a) El Ministerio Público se rige por los principios de legalidad y de objetividad, por lo que conoció de la sustracción de los bienes señalados y como titular de la investigación ya agotó la misma, pero no se acreditó la existencia del dinero, porque nunca expresó el accionante la procedencia del mismo y solo se limitó a decir que se lo entregaron Rubén y Marta dos personas de quienes no se conoce mayores datos y no por el hecho de haber encontrado uno de los objetos robados se debe presumir la existencia del otro bien; b) La resolución de rechazo se emitió solo con referencia al dinero, presuntamente robado, decisión ratificada por el superior en grado; y, c) No se ha vulnerado derecho alguno de las partes en el proceso de investigación del delito, además, la causal de rechazo de la querella, es por la falta de prueba; la víctima tiene la posibilidad de demostrar la existencia del objeto robado, que es el capital mencionado, en el plazo de un año por lo que la subsidiariedad no se ha agotado.