SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

Fragmento 11

La accionante estima que fueron vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”; toda vez, que dentro del proceso penal seguido en su contra y otros por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de extorsión y asociación delictuosa: i) La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, sin la debida fundamentación y motivación emitió el Auto de Vista 106 de 15 de julio de 2013, por el que declaró admisible e improcedente la apelación incidental que fue interpuesta contra el Auto interlocutorio dictado por el Juez de Instrucción en lo Penal; y, ii) El Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, omitiendo e incumpliendo su labor y rol garantista, a través del Auto interlocutorio 124/2013 de 22 de marzo, declaró improbado el incidente de nulidad que fue presentado contra el peritaje realizado por falta de notificación y por estar al margen de lo dispuesto por el art. 204 y ss. del CPP. Por lo que considera que dichos actos ilegales suprimen y restringen sus derechos y garantías fundamentales.