SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

II.4.

II.4.  A mérito del memorial supra, el Juez codemandado, por providencia de 6 de marzo de similar año, dispuso el traslado a la parte denunciante y al Fiscal de Materia, para que en el plazo de tres días siguientes a su notificación, contesten a la excepción formulada por el accionante y en su caso acompañen y ofrezcan prueba, en aplicación del art. 314.II del CPP (fs. 40).