SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2014-S1

Fecha: 24-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de marzo de 2014, se llevó a cabo la audiencia de cesación de la detención preventiva de Yván Abel Quispe Pati, en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal, donde demostró con documentación idónea, que ya no existían los requisitos para que continúe la medida cautelar; empero, la Fiscal de Materia observó con total falta de objetividad, que no tiene hijos ni esposa, ósea una familia constituida, entendimiento aceptado por el Juez de la causa, sin considerar que vive con sus padres, como demostró por el certificado de matrimonio de éstos y el de su nacimiento. Asimismo, su actividad lícita antes de su detención era la de estudiante del nivel secundario, obteniendo su título de bachiller y encontrándose listo para proseguir sus estudios superiores, lo cual no se tomó en cuenta, indicando que no era una actividad lícita, cuando no existe norma que disponga ese entendimiento.

En cuanto a lo previsto en el art. 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en la imputación formal sólo se le menciona y no fundamenta objetivamente y menos aún demuestra que concurra ese peligro; motivos por los que el 14 de marzo del año señalado, dentro de plazo, interpuso recurso de apelación; sin embargo, hasta la fecha no fue remitido al Tribunal de alzada como dispone el art. 251 del CPP, en el término de veinticuatro horas, dejándolo en estado de indefensión.