SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2014-S2

Fecha: 10-Nov-2014

III.6.

El accionante alega que la Jueza de Instrucción Mixto de Pailón del departamento de Santa Cruz, vulnero sus derechos a la libertad, al debido proceso y al acceso a la justicia pronta y oportuna, debido a que suspendió su audiencia de cesación a la detención preventiva de 27 de noviembre de 2013, con el argumento de que no habían sido notificados el Ministerio Público y el codemandado, siendo que el Fiscal de Materia estaba presente en la referida audiencia y que la participación del codemandado no era imprescindible para la celebración de la misma.

De la compulsa de los antecedentes que han sido remitidos a este Tribunal, se ha evidenciado que por proveído de 12 de noviembre de 2013, la Jueza de Instrucción Mixto de Pailón del departamento de Santa Cruz, señaló audiencia de cesación a la detención preventiva para el 27 de noviembre de 2013 a horas 10:00, que conforme a las alegaciones del accionante presentadas mediante memorial de acción de libertad el 28 de noviembre de 2013, dicha audiencia fue suspendida por la Jueza de Instrucción Mixto de Pailón del departamento de Santa Cruz -ahora demandada-, con el fundamento de no haberse notificado tanto al Ministerio Público como al codemandado, siendo que el Fiscal de Materia estaba presente en la misma y no era necesaria la participación del codemandado en la misma, aseveraciones que fueron corroboradas por el Tribunal de garantías, que en la Resolución 60 de 29 de noviembre de 2013, observo que conforme la revisión de obrados, que lo denunciado por la accionante es evidente, señalando que la Jueza fuera de procedimiento suspendió la audiencia sin motivos justificados, mismo que fueron alegados por la parte accionante.