SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2014 -S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2014 -S1

Fecha: 05-Dic-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 6 de mayo  de 2013, presentó denuncia contra Eliseo Quinaya Tito, Nicómedes Quena Tito y Celso Quena Tito, por el delito de homicidio de su padre; sin embargo, el Fiscal de Materia Lindón Andreu. Requena Johnson, mediante Resolución de 10 de septiembre del mismo año, imputó a Eliseo Quinaya Tito, Nicómedes Quena Tito, y no así a Celso Quena Tito a pesar de existir en su contra suficientes elementos de convicción, verificando en el cuaderno de investigaciones que tampoco rechazó la denuncia en su favor; es decir, que el Fiscal lo excluyó de la investigación sin ningún respaldo legal.

Refiere que en cinco ocasiones en forma oral y dos de manera escrita (30 de abril y 15 de mayo ambos de 2013) solicitó al representante del Ministerio Público emita la resolución de imputación formal y aplicación de la detención preventiva como medida de carácter personal contra Celso Quena Tito, sin que lo hubiere hecho, habiendo reiterado su solicitud al actual Fiscal de Materia, Sandro García López, quien tampoco emitió pronunciamiento alguno hasta la fecha. Es así que ambas autoridades fiscales incumplieron con el mandato  de los arts. 301 y 302 del Código de Procedimiento Penal (CPP), art. 40.11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), y art. 225.II de la Constitución Política del Estado (CPE)  vulnerando sus derechos fundamentales.