Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
1)
El accionante ratificó su demanda y la amplió con los siguientes argumentos: 1) La autoridad judicial no valoró los elementos fácticos para determinar por qué se estaría pidiendo la revocatoria de aquellas medidas sustitutivas, siendo una de ellas que no exista un custodio; 2) El Juez de la causa se habría limitado a decir que no se habrían cumplido las medidas sustitutivas impuestas dentro de las setenta y dos horas, sin considerar que con anterioridad pidió la modificación de las mismas; y, 3) Todo el Órgano Judicial sabe que la policía no tiene personal para llevar agentes a domicilio.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, sus características: de generalidad, inmediación, inmediatez e informalismo en la tutela
- III.2.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Recurso de apelación incidental medio idóneo para impugnar resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.4.Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR