SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro la demanda ordinaria civil de “resarcimiento y/o responsabilidad civil” seguida contra sus representados, las autoridades ahora demandas pronunciaron el Auto Supremo 547/2013 de 24 de octubre, el cual sobre la base de un supuesto precedente judicial, apartándose de su propia jurisprudencia y realizando una incorrecta aplicación del art. 984 del Código Civil (CC), declararon infundado el recurso de casación.

En el marco de lo señalado, acusa como acto lesivo la incorrecta tipificación del sustractor factico llevado por el actor al art. 984 del CC.; sin embargo, en el “Considerando III (FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION)” (sic) las autoridades demandadas, simplemente se hubieran avocado extensivamente a realizar una relación de antecedentes, abundante transcripción de doctrina, jurisprudencia y procesalistas sin la debida  fundamentación, motivación razonable, pertinente y congruente respecto al argumento central acusado.

De otro lado, denuncia la errónea interpretación del art. 984 del CC, refiriendo que en lugar de otorgar una respuesta puntual sobre la cuestión planteada, dejaron a sus representados en total incertidumbre y falta de certeza para conocer de manera fundamentada y motivada, cuales fueron las razones por las que no existe violación y errónea interpretación de la citada norma, emitiendo simplemente una conclusión genérica sin mayores justificativos.

Finalmente, precisa que en el Auto Supremo se omitió la obligación de realizar una interpretación sistemática de la legalidad ordinaria respecto al instituto civil del “resarcimiento por hecho ilícito” contenida en los arts. 988, 989, 990, 991, 992, 995, 996, 997, y 998 del CC, con relación al art. 984 de la misma norma, expresamente planteado en el segundo motivo del recurso de casación incurriendo en incongruencia omisiva en el fallo.