AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2014-CA

Fecha: 04-Feb-2014

II.1.  Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

Se demanda la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Séptima de la LOJ, en la siguiente frase: “…las Notarías de Fe Pública, continuaran en sus funciones sujetos a las normas anteriores a la presente ley, en tanto no se de defina su situación jurídica mediante Ley especial que regule tales institutos jurídicos”, por presuntamente contrarios los arts. 115, 116 y 117 de la CPE.