Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2014-CA
Fecha: 21-Feb-2014
NO PRESENTADA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 119.II del Código Procesal Constitucional, resuelve tener por NO PRESENTADA la solicitud de control de constitucionalidad del proyecto del estatuto autonómico indígena originario de Tarabuco del departamento de Chuquisaca, al no haber subsanado lo observado en el AC 0481/2013-CA de 5 de diciembre, advirtiendo que una vez que cumpla todos los requisitos establecidos por ley puede volver a presentar la consulta de referencia.
- I.3. Trámite procesal
- II.2. Sobre la elaboración de estatutos autonómicos y cartas orgánicas
- Según lo previsto por los arts. 116 y 117 del CPCo, el control previo de constitucionalidad de estatutos o cartas orgánicas, tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar su supremacía, siendo obligatorio para las entidades territoriales, presentar las mismas antes de su vigencia como disposición institucional básica.
- II.4. Requisitos para su admisión
- NO PRESENTADA