AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2014-CA
Fecha: 24-Feb-2014
II.3. Análisis del caso concreto
De la revisión de obrados, se constató que la parte accionante, dentro del proceso ordinario, en el que interpuso el recurso de casación, interpuso la acción de inconstitucionalidad concreta contra el DS 616, señalando las normas constitucionales que se consideran infringidas, las que vulnerado el derecho a la propiedad que establece requisitos procedimentales para la expropiación; como son: La necesidad y utilidad pública; y, el pago de una previa y justa indemnización.
Al respecto, se advierte que la presente acción no cumple con el requisitos de plantear con claridad la argumentación jurídico-constitucional sobre la supuesta inconstitucionalidad, porque esta acción se sustenta en un supuesto eufemismo; es decir, se cuestiona una diferencia sustancial entre lo que dice y lo que hace la norma; ello en la práctica escapa de los alcances de un juicio de constitucionalidad, pues implicaría ir más allá de la consideración in abstracto, hacia una consideración de hecho. Asimismo se halla sustentada sobre la base de la supuesta privación del derecho fundamental de una persona jurídica cuya finalidad es la restitución en una situación concreta de dicho derecho, aspecto que no ingresa dentro de los alcances de la actual demanda, pues la tutela constitucional sólo pueden provenir de las acciones de defensa.