AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2014-CA
Fecha: 24-Feb-2014
rechazó
Por Resolución 1/2014 de 5 de febrero de 2013, cursante de fs. 40 a 43, pronunciada por la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo el siguiente fundamento: Los argumentos contenidos en el precepto impugnado, no son contrarios al art. 57 de la Ley Fundamental, referido a la expropiación por causa de necesidad o utilidad pública, en virtud a que la misma prevé la recuperación del paquete accionario a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca que fuera de propiedad de la entonces Prefectura del Departamento, conforme a la política económica contemplada en la nueva Constitución Política del Estado, que pretende recuperar el control, administración y dirección de los recursos naturales que fueron del Estado; consecuentemente, las nuevas prerrogativas están dadas a tiempo de dictar el Decreto objetado; por lo que, los argumentos expuestos por la parte accionante no son adecuados ni suficientes para generar duda razonable que justifique promover la presente acción.