AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2014-CA

Fecha: 25-Feb-2014

II.3.  Análisis del caso concreto

No obstante, de la lectura del memorial, se advierte que sus fundamentos se basan en que las señaladas autoridades no encuadraron sus actos a derecho, refiriendo que en la tramitación del proceso administrativo que se inició con la fiscalización de la construcción de su vivienda en predios del Parque Nacional de Mallasa apoyados en una norma abrogada y sin competencia dispusieron la demolición de la misma, contra esta resolución formuló recurso de revocatoria, las mencionadas autoridades dejaron de lado sus argumentos sin atender su solicitud. Asimismo, la demora en la obtención de su respuesta del recurso jerárquico planteado y sin previamente tener conocimiento      del mismo tomando esa medida extrema, afectando su derecho a la propiedad privada. De donde se infiere que la recurrente alega fundamentos de lesión al debido proceso, aspecto que no corresponde ser dilucidada a través del recurso directo de nulidad, en razón que a través de este medio sólo puede denunciarse la usurpación de funciones que no competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la ley, conforme el art. 143 del CPCo y la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico II.2 de esta Resolución, dado que este recurso no se activa para la protección de derechos, no siendo en consecuencia, sustituto de la acción de amparo constitucional.