SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2014
Fecha: 12-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
“El 7 de mayo de 2013” (sic), se le aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas se le impuso una fianza de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos); sin embargo, para cumplir con ella aduce que solicitó al Juez cautelar caucionar la fianza; empero, éste de manera irregular sometió el trámite a un traslado a la otra parte y solicitó cumplir con lo preceptuado por el art. 244 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Asimismo, en la audiencia del “7 de mayo” (sic), el accionante refiere que interpuso recurso de apelación de manera oral, sin que hasta la fecha se haya remitido el cuaderno procesal al superior en grado, por ello señala que se encuentra en total estado de indefensión.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas
- CONFIRMAR