SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2014

Fecha: 20-Feb-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de marzo de 2012, mediante minuta de transferencia suscrita entre su persona y Juan Silvestre Saucedo Azevedo, en representación de su madre Martha Azevedo Vda. de Saucedo, adquirió el inmueble ubicado en la urbanización “Juan Azevedo Dos Santos”, zona “Bajo Virtudes”, distrito 05, manzana 925, predio 12, con una superficie de 381,35 m2. Cancelado el impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles, figurando como propietaria, cumplidos los trámites administrativos municipales, suscribió con el vendedor, la Escritura Pública 127/2012 de 11 de mayo y una vez protocolizada su documentación, se apersonó a Derechos Reales (DD.RR.), para registrar su derecho propietario, habiendo obtenido la matrícula computarizada 9011010012306.

El 9 de febrero de 2013, en horas de la mañana, los ahora demandados, conjuntamente sus trabajadores, ingresaron de forma abusiva e ilegal a su inmueble, comenzando a levantar un armazón de madera en su propiedad. Al enterarse de esos actos, el 10 del mismo mes y año, se apersonaron, para tratar de hablar con los demandados, indicando que era su propiedad y que detuvieran la construcción, ya que tenían documentos legalmente inscritos en DD.RR.; a lo que los ocupantes respondieron que esos papeles, no tenían ningún valor y que no saldrían; motivo por el cual, el 13 del citado mes y año, denunciaron el hecho a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), cuyo personal se constituyó en el inmueble, donde la codemandada Rita Cofiel de Rocha indicó que, su hijo fue el que ingresó al terreno y que ya no saldrían.