Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2014
Fecha: 12-Feb-2014
II.3.
II.3. El 10 de septiembre de 2013, Weimar Zabala Estrada, Secretario de Cámara de la Sala Penal Segunda, certificó que el citado Auto de Vista, anuló la decisión de detención preventiva ordenada por la Jueza demandada, por haber incurrido en lesión al derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación, disponiendo la anulación del acto y retrotraer acciones hasta el momento de emitirse nueva decisión (fs. 1).