SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2.
II.2. Contra la Resolución 24/2013, dictada por el Tribunal de apelación, el accionante planteó demanda de acción de amparo constitucional, que siendo conocida por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 15/2013 de 30 de julio, concluyó concediendo la tutela y disponiendo que la Sala Penal Primera citada supra, dentro de las setenta y dos horas o tres días de su notificación pronuncie, nueva resolución respondiendo a los fundamentos de la apelación, tomando en cuenta los fundamentos de la parte contraria y la valoración de la prueba de descargo presentada en audiencia, así como en apego a los argumentos de esa Resolución en cuanto a la fundamentación y motivación de la resoluciones, en observancia del debido proceso; condenando a las autoridades demandadas en responsabilidad civil (fs. 6 a 30).